Asociación Mujeres Juezas de España

AMJE CELEBRA LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO DE CONDENAR AL CGPJ A REGULAR LA CARGA DE TRABAJO JUDICIAL, CON UN BENEFICIO MAYOR PARA LAS JUEZAS, POR SU DOBLE JORNADA

La Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) espera que el CGPJ cumpla de forma urgente y diligente el mandato contenido en la reciente sentencia del Tribunal Supremo, lo que supone fijar las cargas máximas de trabajo judicial, con los oportunos factores de corrección por razón de género vinculados a los cuidados familiares, que continúan asumiendo en mucha mayor medida la mujeres

La carrera judicial española está de enhorabuena, pero, ¡más aún, lo estamos las juezas!

Después de más de un lustro de proceso judicial inusitado, en el que las Asociaciones judiciales unieron esfuerzos frente a quien no cumplía con las obligaciones contenidas en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial (2015-2016), por fin, el Alto Tribunal ha condenado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a cumplir con una de las obligaciones más básicas en cualquier organización empresarial o Administración Pública.

Nos referimos a la obligación de prevención de riesgos psicosociales de jueces y juezas, en especial, a la obligación de prevenir el factor de riesgo que más daño causa en la salud de quienes tienen sobre sus espaldas las trascendentes decisiones sobre los asuntos sometidos a la Justicia por la ciudadanía. Algo que ya se prevé explícitamente en el art. 5.2 del Plan de Prevención de Riesgos de la judicatura española (2015-2016) pero convertido en un brindis al sol, por la inacción del CGPJ.

Se trata de la sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo nº 581/23, de 22 de septiembre de 2023, en cuyo fallo se declara que el CGPJ ha incumplido con su obligación de regular la carga de trabajo judicial a efectos de salud laboral y se le condena a regularla efectivamente

Dicha obligación tiene un impacto de género incuestionable porque beneficiará más a las juezas, debido a la doble “jornada” que opera en todas las profesiones, incluida la judicial. Prueba de ello es el II Plan de Igualdad de la Carrera Judicial (enero 2020), que evidencia que las juezas vienen asumiendo, en más del 90, las tareas   de atención   y cuidados  familiares   de menores de

edad y personas dependientes, lo que incrementa su trabajo diario efectivo y las expone, en mayor medida que a los varones, a riesgos psicosociales por sobrecarga y estrés.

De acuerdo con los resultados contenidos en el Informe de Evaluaciones de Riesgos Psicosociales de la carrera judicial (2016/2017) publicados en 2018 en aplicación del Método FPSICO V3.1 de evaluación del INSSBT, se concluye que la carga de trabajo es un factor de riesgo “muy elevado” en el 88% de jueces y juezas con destino en Juzgados unipersonales; y del 69% en destinados en órganos colegiados.

Si esto es una realidad en la Justicia española, los resultados obtenidos evidencian una situación de riesgo superior en el caso de las mujeres. Así, por ejemplo, en la carga de trabajo, la incidencia del riesgo fue un 3% superior en el caso de las mujeres y, en las demandas psicológicas, la brecha de género se incrementó hasta un 10% más de incidencia de riesgo en las mujeres que en los hombres. Es incuestionable, a tenor de las propias estadísticas del CGPJ, que la conciliación sigue recayendo, de forma casi monopolizada, en las juezas que son quienes mayoritariamente solicitan los permisos y licencias familiares.

Los datos evidencian la necesidad, de la que se ha hecho eco el alto tribunal, de tomar medidas reales y efectivas relativas a una carga de trabajo asumible para proteger la salud de la carrera judicial y de implementar medidas específicas que minimicen los factores de riesgo psicosocial a los que se exponen más las mujeres que los hombres en la tarea judicial. Por ello, el cumplimiento del plan va a tener un impacto positivo mayor entre el sector judicial femenino y, especialmente, en el colectivo de juezas sustitutas, por su mayor vulnerabilidad y precariedad de condiciones.

Cumplir con el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial supone cuidar de la salud de las personas que ejercen la función jurisdiccional y, sin duda, junto al aumento de la plantilla, ofrecer a la ciudadanía un servicio de Justicia con la calidad que merece.

Esperemos que, sin demora, se de efectivo cumplimiento a la sentencia por parte del CGPJ, nuestra salud está en juego.

¡Por un desempeño de la carrera judicial respetuoso con la salud de jueces y juezas que tenga en cuenta los riesgos asociados al género por los cuidados familiares que siguen asumiendo principalmente las mujeres!

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